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El Pleno del Ayuntamiento de Almería aprueba la nueva Ordenanza que regula el acceso a la Zona de Bajas Emisiones

El  texto articulado, ahora a exposición pública, recoge entre otras las condiciones de acceso, circulación y estacionamiento por el Casco Histórico y Pescadería.

El Pleno del Ayuntamiento de Almería, en sesión extraordinaria, ha aprobado hoy inicialmente la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones, texto adaptado al Real Decreto 1052/2022 de 27 diciembre, por el que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), obligación legal para todos aquellos municipios de España de más de 50.000 habitantes. La propuesta elevada a Pleno ha contado con el voto favorable del Grupo Municipal Popular, Grupo Municipal Socialista, la abstención del Grupo Municipal Podemos-IU-Verdes con Almería y el voto en contra de Vox.

El Proyecto de Ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones contempla el ámbito de aplicación y la delimitación, quiénes pueden acceder, las exenciones que permitirán el acceso a la ZBE, el control de los accesos y el régimen sancionador, como ha resumido  la concejala de Función Pública y Seguridad Ciudadana, María del Mar García Lorca.

Ha recordado la edil popular que los ayuntamientos tienen el deber y la potestad de restablecer y preservar la buena calidad del aire de acuerdo con los parámetros establecidos en la legislación vigente, así como de velar por la salud del conjunto de la población. “Y el Ayuntamiento de Almería cumple con este deber legal. Definida la Zona de Bajas Emisiones, como así se aprobó el diciembre del año pasado, la Ordenanza viene a establecer los criterios de circulación en ese ámbito con el objetivo de reducir las emisiones a la atmósfera, trasladando a la normativa municipal el mandato establecido en la Ley 7/2021, de cambio climático y demás normativa de aplicación en la materia”, ha justificado la edil, explicando que “será revisable dentro de tres años”.

Ha insistido una vez más en que “la Ordenanza se ajusta más a los parámetros legales y normativos que al hecho en sí de que Almería, abierta al mar, sea hoy una ciudad en la que tengamos problemas de contaminación importantes, como sí pasa en otras ciudades”, producidos fundamentalmente por la congestión del tráfico y masificación de los vehículos que transitan por sus vías.

Con su aprobación inicial hoy y siguiendo la tramitación administrativa, la Ordenanza Reguladora de las Zonas de Bajas Emisiones de Almería quedará ahora sometida a información pública, durante el periodo de un mes, con el objetivo de su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2024.

El ámbito territorial de aplicación de esta Ordenanza abarca la declarada como Zona de Bajas Emisiones (ZBE), aprobada en diciembre del año pasado, “delimitada por el Cerro de San Cristóbal y la calle de La Reina por su sector este, englobando el Casco Histórico y la zona Pescadería”, ha recordado García Lorca, significando que con su entrada en vigor, por esta zona, “podrán entrar los vehículos que dispongan del distintivo ambiental, ciclos, bicicletas y los vehículos de movilidad personal, así como aquellos que, sin distintivo ambiental, se encuentren en situación de alta en el municipio de Almería según la información del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT), los que prestan servicios de emergencia, transporte público colectivo, servicios públicos, vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías, entre otros”.

La Ordenanza incluye además la posibilidad, en su ámbito de aplicación, de establecer excepciones temporales de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos, así como zonas de especial sensibilidad, entre otros, en los entornos escolares, hospitalarios…

Las ZBE estarán señalizadas de forma “clara y reconocible” y el control de acceso, además de manual, se realizará mediante un sistema automático de cámaras para el reconocimiento de matrículas. Se incluye además en la ordenanza que las restricciones de acceso serán de aplicación todos los días laborables, de lunes a viernes, en horario de 8.00 a 20.00 horas.

Como en toda Ordenanza se ha incluido el regimen sancionador, fundamentado en las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en las ZBE. No obstante, “se establece una moratoria de un año para su aplicación”, como también ha recordado la concejala de Función Pública y Seguridad.

Tendrá la consideración de infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE. Esta infracción será sancionada con multa de 200,00 euros. Esta sanción podrá incrementarse en un 30 %, en caso de reincidencia de la persona responsable. Se entiende que hay reincidencia cuando se ha cometido, en el plazo de un año, más de tres infracciones de la misma naturaleza, cuando así se haya declarado por resolución firme.

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